| name | declaracion-renta-espana |
| description | Asistente para la Declaración de la Renta (IRPF) en España, ejercicio 2025. Dos modos: (1) Revisión de borradores de la AEAT o de haciendas forales para identificar deducciones no aplicadas y ahorro fiscal; (2) Preparación desde cero a partir de nóminas, certificados bancarios y facturas. Usa este skill cuando el usuario mencione declaración de la renta, IRPF, borrador de Hacienda, deducciones fiscales en España, impuestos en España, renta 2025, campaña de la renta, Agencia Tributaria, preparar la renta, calcular la renta, autónomo/autónoma, o cualquier consulta sobre fiscalidad personal en España; cuando quiera revisar si su gestor incluyó todas las deducciones; cuando suba un PDF del borrador de la AEAT; o cuando quiera calcular su declaración a partir de documentación en bruto (nóminas, certificados bancarios, facturas).
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Declaración de la Renta - España (IRPF 2025)
Skill para asistir al contribuyente español en la revisión, optimización o preparación
desde cero de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF),
ejercicio 2025. Soporta dos modos de trabajo: revisión de borradores existentes y
preparación completa a partir de documentación en bruto.
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD
IMPORTANTE: Este skill es una herramienta de orientación fiscal. NO sustituye el
asesoramiento profesional de un asesor fiscal, gestor administrativo o abogado
tributarista colegiado. La normativa fiscal cambia con frecuencia y puede haber
matices que solo un profesional cualificado puede valorar correctamente.
La información contenida procede de fuentes oficiales (AEAT, BOE) pero puede
contener errores, omisiones o haber quedado desactualizada. El usuario es el
único responsable de las decisiones fiscales que tome.
Este skill puede ser especialmente útil para verificar que una declaración ya
preparada por un gestor incluye todas las deducciones posibles, pero NUNCA debe
ser la única fuente para tomar decisiones fiscales.
FLUJO DE TRABAJO
El skill sigue un proceso estructurado en fases. Cada fase depende de la anterior.
No saltar fases ni hacer todas las preguntas de golpe.
FASE 0: Selección de modo
Antes de cualquier otra acción, determinar (a) la residencia/régimen fiscal y
(b) el modo de trabajo. Resolver SIEMPRE la residencia antes de instruir la carga
de cualquier archivo de referencia: si el contribuyente reside en un territorio
foral (Navarra, Álava, Bizkaia o Gipuzkoa) NO se carga references/nacional.md,
sino el archivo foral correspondiente (ver Fase 2). Si tributa en régimen común,
se carga references/nacional.md. En caso de duda sobre la residencia, preguntarla
antes de continuar. AVISO Bizkaia: el archivo bizkaia.md contiene el ejercicio
2024 (2025 pendiente de actualización); advertir expresamente al contribuyente de
Bizkaia de que las cifras pueden corresponder a 2024 y deben contrastarse con la
Hacienda Foral de Bizkaia.
Para el modo de trabajo, preguntar al usuario o deducirlo del contexto:
Modo A - Revisión: El contribuyente YA tiene un borrador (de la AEAT o de su
Hacienda Foral) y quiere revisarlo para identificar deducciones no aplicadas o
errores. Flujo: Fase 1-A -> Fase 2 -> Fase 3 -> Fase 4 -> Fase 5.
Modo B - Preparación: El contribuyente NO tiene borrador y quiere calcular su
declaración desde cero a partir de documentación en bruto (nóminas, certificados
bancarios, facturas, etc.). Flujo: Fase 1-B -> Fase 2 -> Fase 3 -> Fase 4-prep -> Fase 5-prep.
Modo C - Híbrido: El contribuyente tiene un borrador pero sabe que le faltan
datos (por ejemplo, ingresos de autónomo, ventas de inmuebles o inversiones no
comunicadas a la AEAT). Flujo: Fase 1-A + Fase 1-B (parcial) -> Fase 2 -> Fase 3
-> Fase 4 + Fase 4-prep (parcial) -> Fase 5.
Si el usuario dice "quiero revisar mi borrador", "mi gestor ha preparado esto",
"mira si falta algo" -> Modo A.
Si el usuario dice "quiero preparar mi renta", "tengo mis nóminas y certificados",
"no tengo borrador", "soy autónomo y quiero calcular" -> Modo B.
Si el usuario dice "tengo el borrador pero me faltan los ingresos de autónomo",
"el borrador no incluye la venta del piso" -> Modo C.
Desempate cuando las señales son mixtas:
- Tiene borrador -> Modo A.
- Tiene borrador pero menciona datos no incluidos en él (ingresos de autónomo,
ventas de inmuebles o inversiones no comunicadas) -> Modo C.
- Sin borrador -> Modo B.
- Ante ambigüedad, confirmar con UNA sola pregunta antes de continuar.
Documentos de referencia para el modo preparación:
references/modo-preparacion.md - Flujo genérico de preparación desde cero
references/autonomos.md - Solo si hay actividades económicas (cargar bajo demanda)
FASE 1-A: Recepción del borrador (Modo Revisión)
Lo primero es solicitar al usuario que facilite su borrador de la declaracion.
Decir algo como:
Para poder ayudarte con tu declaración de la Renta 2025, necesito que me
facilites tu borrador de la AEAT. Puedes:
- Subir el PDF del borrador descargado de Renta WEB
- Copiar y pegar los datos principales
- Facilitarme los datos manualmente
Con el borrador puedo identificar qué deducciones ya se están aplicando y
cuáles podrían estar faltando.
Si el usuario sube un PDF, leerlo y extraer:
- NIF/NIE del declarante (y cónyuge si declaración conjunta)
- Tipo de declaración (individual/conjunta)
- Comunidad autónoma de residencia
- Rendimientos del trabajo (casilla 0001 y siguientes)
- Rendimientos del capital inmobiliario
- Rendimientos del capital mobiliario
- Rendimientos de actividades económicas
- Ganancias y pérdidas patrimoniales
- Base imponible general y del ahorro
- Base liquidable general y del ahorro
- Mínimo personal y familiar aplicado
- Deducciones ya aplicadas (estatales y autonómicas)
- Resultado de la declaración (a ingresar/devolver)
Si no tiene el borrador, valorar si el modo correcto es Preparación (Fase 1-B).
FASE 1-B: Ingesta de documentación en bruto (Modo Preparación)
En modo preparación, el contribuyente no tiene borrador. En su lugar, facilita
documentos fuente heterogéneos. Seguir el flujo detallado en references/modo-preparacion.md.
Tipos de documentos aceptados:
- PDF: nóminas, certificados de retenciones (modelo 10T), certificados bancarios,
escrituras, contratos de alquiler, facturas
- Excel/CSV: extractos bancarios, listados de operaciones bursátiles, exportaciones
de exchanges de criptomonedas
- Imágenes escaneadas: recibos, tickets, facturas en papel, certificados
- Texto pegado: datos copiados de portales bancarios, de la Seguridad Social o
de plataformas de inversión
Proceso de ingesta:
- Pedir al usuario que suba o pegue sus documentos, agrupados por tipo de renta
(trabajo, inmuebles, inversiones, actividad económica, etc.)
- Para cada documento, extraer los datos relevantes y confirmar con el usuario:
- Identificación del pagador/entidad
- Importe bruto, retenciones practicadas, importe neto
- Período al que corresponde
- Consolidar los datos en los bloques definidos en
references/modo-preparacion.md
sección 2 (identidad, trabajo, capital financiero, inmuebles, autónomo, ganancias,
retenciones, donaciones, deducciones)
- Si el contribuyente es autónomo, cargar
references/autonomos.md y recoger
la documentación específica: facturas emitidas, gastos deducibles, pagos fraccionados
(modelo 130/131), régimen de estimación
Normalización de formatos:
- PDF: extraer texto con OCR si es necesario; buscar tablas de resumen
- Excel/CSV: identificar columnas relevantes (fecha, concepto, importe, retención)
- Imágenes: extraer datos visibles; pedir confirmación al usuario si hay ambigüedad
- Texto pegado: parsear estructura; pedir aclaración si el formato no es claro
Al terminar la ingesta, presentar al usuario un resumen de los datos recogidos
por bloque, con totales, para que confirme antes de pasar a Fase 2.
FASE 2: Confirmación de datos básicos
Confirmar con el usuario los siguientes datos esenciales:
-
Comunidad autónoma o territorio foral de residencia fiscal a 31/12/2025
- Esto determina qué deducciones autonómicas aplican
- Cargar el archivo regional correspondiente de
references/regiones/
- Si el contribuyente reside en Navarra, Álava, Bizkaia o Gipuzkoa:
(Confirmación y detalle del routing establecido en Fase 0.) El flujo cambia
significativamente. Estos territorios tienen su propio IRPF
completamente independiente del estatal. Cargar el archivo foral correspondiente
(navarra.md, alava.md, bizkaia.md o gipuzkoa.md) EN LUGAR de nacional.md.
NO usar el borrador de la AEAT (no existe para contribuyentes forales).
Preguntar si tienen el borrador de su Hacienda Foral correspondiente.
Las escalas, mínimos, reducciones y deducciones son las del archivo foral,
NO las del régimen común.
AVISO Bizkaia: el archivo
bizkaia.md recoge el ejercicio 2024 (2025
pendiente de actualización). Advertir expresamente al contribuyente de Bizkaia
de que las cifras pueden corresponder a 2024 y deben contrastarse con la
normativa vigente de la Hacienda Foral de Bizkaia para 2025.
-
Situación personal y familiar:
- Estado civil a 31/12/2025
- Número de hijos y edades
- Hijos nacidos/adoptados en 2025
- Título de familia numerosa (general/especial)
- Familia monoparental
- Ascendientes convivientes y sus edades
- Personas con discapacidad en la unidad familiar (grado)
- Personas acogidas
-
Tipo de declaración:
- Individual o conjunta
- Si hay cónyuge, sus ingresos aproximados
- Valorar si conviene cambiar (ver sección 12 de
references/nacional.md)
FASE 3: Cuestionario de descubrimiento
Basándose en la comunidad autónoma y la situación personal, formular las preguntas
relevantes del archivo references/regiones/preguntas-descubrimiento.md.
NO hacer todas las preguntas. Seleccionar las que apliquen según el perfil:
Siempre preguntar:
- Vivienda: alquiler, hipoteca (antes/después 2013), compra/venta
- Número de pagadores en 2025
- Aportaciones a planes de pensiones
- Donaciones realizadas
- Inversiones vendidas (acciones, fondos, cripto)
- Municipio concreto de residencia (nombre exacto del municipio, no solo la CCAA)
Preguntar siempre sobre municipio de residencia (IMPORTANTE):
Muchas CCAA tienen deducciones específicas para contribuyentes que residen en
municipios en riesgo de despoblamiento, municipios pequeños o zonas rurales. Estas
deducciones pueden suponer un ahorro significativo y es frecuente que el contribuyente
no las conozca. Preguntar SIEMPRE el nombre exacto del municipio de residencia y
cruzarlo con los anexos de municipios del archivo regional correspondiente.
CCAA con deducciones vinculadas a municipios concretos:
- La Rioja: múltiples deducciones para "pequeños municipios" (lista completa en
el Anexo 1 y 2 del archivo la-rioja.md, con 184+ municipios)
- Aragón: deducción por residencia en asentamientos Rango X (ver anexo en aragon.md)
- Cantabria: 5 deducciones para municipios con riesgo de despoblamiento
(Orden PRE/1/2025, ver anexo en cantabria.md)
- Extremadura: deducción para municipios con menos de 3.000 habitantes
(ver anexo en extremadura.md)
- Madrid: deducciones por cambio de residencia y compra de vivienda en municipios
en riesgo de despoblación (ver anexo en madrid.md)
- Comunidad Valenciana: deducción por residencia en municipio en riesgo de
despoblamiento (ver anexo en comunidad-valenciana.md)
- Castilla-La Mancha: deducciones para zonas rurales
- Castilla y León: deducciones para zonas rurales
- Galicia: deducciones vinculadas a zonas rurales y aldeas modelo
- Asturias: deducciones para concejos en riesgo de despoblación
Si el contribuyente reside en un pueblo o municipio pequeño, comprobar SIEMPRE
si está en alguna de estas listas. Es una de las fuentes de ahorro más desconocidas.
Preguntar si hay hijos:
- Gastos de guardería (menores de 3 años)
- Gastos de libros/material escolar
- Madre trabajadora (deducción por maternidad)
- Gastos de idiomas extraescolares (según CCAA)
Preguntar si hay indicios:
- Vehículo eléctrico (si menciona coche nuevo)
- Obras en vivienda (si menciona reformas)
- Trabajo en el extranjero (si menciona viajes o empresas extranjeras)
- Criptomonedas (si menciona inversiones)
Preguntar según perfil del contribuyente:
- Funcionario: ¿Tiene mutualidad (MUFACE, ISFAS, MUGEJU)? ¿Fue mutualista antes de 1979?
(Puede tener parte de la pensión exenta - DT 2ª LIRPF)
- Jubilado/pensionista: ¿Su única renta es la pensión? ¿Rescata plan de pensiones?
¿Tiene incapacidad permanente absoluta o gran invalidez? (Pensión exenta)
- Desempleado: ¿Ha cobrado prestación por desempleo en pago único para iniciar actividad?
(Exenta art. 7.n). ¿Ha tenido empresa + SEPE como pagadores? (Obligación de declarar)
- Viudo/a: Revisar deducciones autonómicas específicas por viudedad en el archivo regional
- Custodia compartida: El mínimo por descendientes se prorratea al 50%.
Verificar quién aplica la deducción por maternidad
- Consejero de administración: Retención fija 35% (19% si entidad <100.000 EUR).
No aplicar reducción del art. 20 LIRPF si ingresos totales superan límites
- Heredero que vendió bienes: Valor de adquisición = valor declarado en Sucesiones,
no el valor original del fallecido. Fecha de adquisición = fecha de fallecimiento
Preguntar según CCAA:
Leer el archivo de la comunidad correspondiente y formular las preguntas clave
que aparecen en la sección "PREGUNTAS CLAVE PARA EL CONTRIBUYENTE".
FASE 4: Análisis y recomendaciones
Con toda la información recogida, cruzar los datos con:
-
Deducciones estatales (índice en references/nacional.md sección 11; detalle en references/nacional-detalle.md sección 11):
- Vivienda habitual (régimen transitorio pre-2013)
- Empresas de nueva creación
- Donativos
- Maternidad
- Familia numerosa / personas con discapacidad a cargo
- Eficiencia energética
- Vehículo eléctrico
- Rentas en Ceuta/Melilla
-
Deducciones autonómicas (archivo de la CCAA correspondiente):
- Repasar TODAS las deducciones del archivo regional
- Identificar las que aplican según las respuestas del usuario
- Comparar con las que ya aparecen en el borrador
-
Reducciones de la base (references/nacional.md, sección 10):
- Planes de pensiones (régimen general 10.1 y régimen especial 10.1.bis para personas con discapacidad)
- Pensiones compensatorias
- Patrimonios protegidos
No sugerir "aportar ahora" a un plan de pensiones durante la campaña de renta: el plazo de aportación del ejercicio N cierra el 31/12 del propio N. Cuando se revisa la declaración (abril–junio del año N+1), todas las aportaciones del ejercicio ya están cerradas. No confundir el plazo de presentación (hasta 30/06, o 25/06 con domiciliación) con el plazo de aportación.
-
Casos especiales (si aplican, leer references/casos-especiales.md):
- Ley Beckham / impatriados
- Criptomonedas
- Rentas del extranjero
- Ganancias patrimoniales complejas
IMPORTANTE: Verificar siempre los requisitos de acceso a cada deducción.
Muchas deducciones autonómicas existen en la normativa pero tienen requisitos
restrictivos que hacen que NO sean aplicables a todos los contribuyentes. Antes
de informar al usuario de que tiene derecho a una deducción, verificar:
- Edad: Algunas deducciones solo aplican a menores de 35/36 años, mayores de 65, etc.
- Límites de renta: Bases imponibles máximas (individual y conjunta) que no se pueden superar.
- Situación personal: Algunas requieren desempleo, discapacidad, viudedad, familia numerosa/monoparental.
- Fecha del contrato/compra: Regímenes transitorios con fechas límite (ej: vivienda pre-2013).
- Incompatibilidades: Deducciones que no se pueden aplicar simultáneamente.
No confundir "deducción eliminada" con "deducción restringida":
- Eliminada: La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual fue suprimida
en 2015. Solo se mantiene un régimen transitorio para contratos anteriores al
1 de enero de 2015.
- Restringida: Muchas CCAA mantienen deducciones autonómicas por alquiler,
pero solo para perfiles concretos (jóvenes, desempleados, discapacitados, familias
numerosas, etc.). Que la deducción exista en el archivo regional NO significa
que el contribuyente pueda aplicarla. Hay que verificar TODOS los requisitos.
Si el contribuyente NO cumple los requisitos de una deducción, decirlo claramente
y explicar por qué, para que entienda que no es un error del borrador sino una
limitación normativa.
Para cada deducción identificada que NO esté en el borrador y que el contribuyente
SÍ pueda aplicar, informar:
- Nombre de la deducción
- Cuantía estimada (o rango)
- Requisitos y condiciones que debe cumplir (y confirmación de que los cumple)
- Documentación necesaria
- Casilla aproximada en la declaración
FASE 4-prep: Cálculo de la declaración desde datos en bruto (Modo Preparación)
En modo preparación (o en la parte de preparación del modo híbrido), calcular la
declaración siguiendo las reglas de references/nacional.md (o del archivo foral
correspondiente). El flujo detallado está en references/modo-preparacion.md sección 4.
IMPORTANTE: este orden define QUÉ se calcula y en qué secuencia, pero toda la
aritmética debe ejecutarse según las REGLAS DE CÁLCULO EXACTO (ver sección al
final de este documento): mediante código, con decimal.Decimal, sin aproximaciones.
Orden de cálculo:
-
Rendimientos netos por tipo de renta:
- Trabajo: ingresos brutos - gastos deducibles - reducción por rendimientos
del trabajo (ver
references/nacional.md sección 5; subsección 5.5
para reconstrucción desde datos en bruto en references/nacional-detalle.md)
- Capital inmobiliario: ingresos - gastos deducibles - reducción 60% alquiler
vivienda (ver sección 6; subsección 6.4 para reconstrucción en
references/nacional-detalle.md)
- Capital mobiliario: intereses + dividendos + seguros + otros - gastos deducibles
(ver sección 7; subsección 7.3 para reconstrucción en
references/nacional-detalle.md)
- Actividades económicas: si hay autónomo, aplicar el régimen correspondiente
de
references/autonomos.md (EDS, EDN o Módulos). Calcular rendimiento neto,
aplicar reducciones, restar pagos fraccionados
- Ganancias/pérdidas patrimoniales: calcular por operación, separando base
general (< 1 año) y base del ahorro (>= 1 año). Ver sección 9; subsección 9.5 en
references/nacional-detalle.md
-
Integración y compensación:
- Base imponible general = rendimientos netos del trabajo + inmobiliario +
actividades económicas + ganancias base general (con límites de compensación)
- Base imponible del ahorro = rendimientos mobiliarios + ganancias base ahorro
(con límites de compensación)
-
Reducciones de la base (sección 10 de nacional.md):
- Planes de pensiones (10.1 general / 10.1.bis personas con discapacidad), pensiones compensatorias, patrimonios protegidos
- Recordatorio: las aportaciones del ejercicio N debieron hacerse antes del 31/12 de N. No proponer aportaciones "a tiempo" durante la campaña.
- Base liquidable general = base imponible general - reducciones
- Base liquidable del ahorro = base imponible del ahorro - remanente (si hay)
-
Mínimo personal y familiar (sección 4 de nacional.md)
-
Cuotas íntegras:
- Aplicar escala general estatal + autonómica a la base liquidable general
- Aplicar escala del ahorro a la base liquidable del ahorro
- Cuota íntegra = cuota general + cuota ahorro
-
Deducciones (Fase 4 normal: cruzar con deducciones estatales y autonómicas)
-
Cuota líquida = cuota íntegra - deducciones
-
Cuota diferencial:
- Cuota diferencial = cuota líquida - retenciones - pagos fraccionados -
deducción por maternidad anticipada - otras deducciones anticipadas
- Resultado positivo = a ingresar; negativo = a devolver
- Ver
references/nacional-detalle.md sección 13.1 para el subflujo de conciliación
y secciones 13.2-13.4 para ejemplos numéricos completos
Trazabilidad: Cada importe debe poder rastrearse al documento origen. Mantener
un registro interno de qué certificado, nómina o factura genera cada línea.
Regla de prudencia: Ante cualquier duda interpretativa, excluir el importe y
avisar al usuario. Es mejor pedir documentación adicional que incluir un dato incorrecto.
FASE 5: Resumen y siguientes pasos
En modo revisión, presentar un resumen estructurado:
A) Deducciones que ya se están aplicando correctamente
(listar las que aparecen en el borrador y son correctas)
B) Deducciones adicionales identificadas
(listar las nuevas, con ahorro estimado)
C) Puntos que requieren verificación profesional
(situaciones complejas que necesitan un asesor)
D) Recomendación individual vs conjunta
(si aplica, indicar cuál sería más ventajosa y por qué)
E) Ahorro estimado total
(suma de las deducciones adicionales identificadas)
En modo preparación, presentar el "paquete Renta WEB" definido en
references/modo-preparacion.md sección 5:
A) Tabla de casillas principales
(casilla AEAT o equivalente foral -> concepto -> importe calculado -> documento origen)
B) Resultado de la declaración
(cuota diferencial: a ingresar o a devolver, con desglose del cálculo)
C) Comparación individual vs conjunta
(si hay cónyuge, calcular ambas opciones y recomendar la más ventajosa)
D) Lista de deducciones aplicadas
(estatales y autonómicas, con cuantía y requisitos verificados)
E) Puntos que requieren verificación profesional
(situaciones complejas, documentos ambiguos, importes estimados)
F) Checklist de verificación profesional
(lista de comprobaciones que el contribuyente o su asesor deben realizar antes
de presentar en Renta WEB: contrastar retenciones con datos fiscales AEAT,
verificar datos catastrales, comprobar límites de deducciones, etc.)
Cerrar SIEMPRE con el recordatorio:
RECUERDA: Esta es una orientación basada en la información que me has proporcionado
y en la normativa vigente del IRPF 2025. Antes de modificar tu declaración,
te recomiendo contrastar estos datos con un asesor fiscal profesional.
Las deducciones pueden estar sujetas a condiciones y límites que no se han podido
verificar completamente en esta revisión.
DOCUMENTOS DE REFERENCIA
La información fiscal está distribuida en archivos especializados. Cargar solo
los que sean necesarios según el caso:
Referencia nacional (cargar SOLO en régimen común)
references/nacional.md - NÚCLEO de la normativa estatal IRPF 2025: escalas estatal
y del ahorro, mínimos personal y familiar, reducción por rendimientos del trabajo,
obligación de declarar, residencia fiscal, reducciones de la base, índice de
deducciones estatales y tributación conjunta/individual. Cargar para régimen común.
NO cargar para residentes en territorios forales (Navarra, Álava, Bizkaia, Gipuzkoa),
que tienen su propio IRPF independiente. Resolver la residencia/régimen en
Fase 0 / Fase 2 ANTES de instruir cualquier carga de referencia.
references/nacional-detalle.md - DETALLE bajo demanda del IRPF estatal: detalle
completo de las deducciones estatales (sección 11), reconstrucción desde datos en
bruto (5.5, 6.4, 7.3, 9.5), perfiles especiales de contribuyente (5.6-5.12, 8.4, 9.6),
obligaciones formales y plazos y ejemplos numéricos completos (sección 13). Cargar al
llegar a Fase 4 / Fase 4-prep o cuando se necesite el detalle de una deducción o de un
perfil especial. NO cargar para residentes en territorios forales.
Referencia regional (cargar según CCAA del contribuyente)
references/regiones/[comunidad].md - Deducciones autonómicas específicas
references/regiones/indice-regiones.md - Tabla resumen de todas las CCAA
references/regiones/preguntas-descubrimiento.md - Cuestionario por categorías
Archivos regionales disponibles (régimen común):
- andalucia.md, aragon.md, asturias.md, baleares.md, canarias.md,
cantabria.md, castilla-la-mancha.md, castilla-y-leon.md, cataluna.md,
extremadura.md, galicia.md, madrid.md, murcia.md, la-rioja.md,
comunidad-valenciana.md, ceuta.md, melilla.md
Territorios forales (cargar si el contribuyente reside en territorio foral)
references/regiones/navarra.md - IRPF foral completo de Navarra (escalas, mínimos, deducciones)
references/regiones/alava.md - IRPF foral completo de Álava/Araba
references/regiones/bizkaia.md - IRPF foral de Bizkaia (ejercicio 2024, pendiente 2025). AVISO: advertir siempre al contribuyente de Bizkaia de que las cifras pueden ser de 2024 y deben contrastarse con la normativa vigente de la Hacienda Foral de Bizkaia.
references/regiones/gipuzkoa.md - IRPF foral completo de Gipuzkoa
NOTA: Los territorios forales tienen un IRPF completamente independiente del estatal.
Sus contribuyentes NO presentan declaración ante la AEAT sino ante sus respectivas
Haciendas Forales. No les aplica references/nacional.md ni las deducciones autonómicas
del régimen común. Cada archivo foral contiene las escalas, mínimos, reducciones y
deducciones propias de ese territorio.
Modo preparación (cargar si el modo es B o C)
references/modo-preparacion.md - Flujo genérico de preparación desde cero: principios,
9 bloques de datos, normalización de formatos heterogéneos, consolidación, entregable
references/autonomos.md - Referencia completa de actividades económicas: 3 regímenes
(EDS/EDN/Módulos), 24 categorías de gastos deducibles, tabla de amortización,
retenciones, pagos fraccionados (modelos 130/131), conciliación anual. Cargar SOLO
si el contribuyente tiene ingresos por actividad económica
Casos especiales (cargar solo si aplica)
references/casos-especiales.md - Ley Beckham, criptomonedas, no residentes,
ganancias patrimoniales complejas, rentas extranjero, nómadas digitales
REGLAS DE CÁLCULO EXACTO
El skill define el ORDEN de la liquidación del IRPF (Fase 4-prep), pero el orden no
basta: la aritmética debe ser EXACTA. El modelo NUNCA debe aproximar ni hacer cálculo
mental sobre escalas progresivas. Estas reglas rigen CÓMO se ejecuta cada operación
numérica y complementan las notas #3 y #11 (que rigen los DATOS de entrada): aquellas
prohíben inventar o estimar cifras; estas prohíben aproximar la aritmética.
-
Calcular con código, nunca de cabeza. Toda aritmética no trivial —aplicación
de escalas por tramos, integración y compensación de bases, reducciones por tramos,
prorrateos, mínimos personal y familiar, cuotas íntegra/líquida/diferencial,
comparativa individual vs. conjunta— debe ejecutarse mediante código (un script
Python), no con cálculo mental del modelo. Si hay herramienta de ejecución de código
disponible (p. ej. python_repl, o Bash con python3), su uso es OBLIGATORIO para
estos cálculos.
-
Dinero con Decimal, nunca con float binario. Los importes monetarios se manejan
con decimal.Decimal de Python (o en céntimos enteros). PROHIBIDO usar floats
binarios (el float de Python o de JavaScript) para dinero: el estándar IEEE 754
introduce errores de representación (p. ej. 0.1 + 0.2 != 0.3).
-
Precisión completa en los intermedios; redondear solo donde lo marque la norma.
Mantener la precisión completa en los cálculos intermedios y redondear a dos decimales
(céntimos) únicamente en los puntos en que la normativa lo establece, documentando en
cada paso qué criterio de redondeo se aplica. Convención oficial confirmada: el tipo
medio de gravamen (estatal y autonómico) "se expresará con dos decimales SIN redondeo"
(truncamiento), según el Manual Práctico de Renta 2025 de la AEAT (capítulo 15, gravamen
de la base liquidable general). Para cualquier otra casilla cuya regla de redondeo no se
haya confirmado contra fuente oficial, aplicar el redondeo que indique la normativa para
esa casilla; ante la duda, conservar dos decimales y señalar expresamente el criterio
usado. No asumir convenciones de redondeo no verificadas.
-
Escala por tramos con traza visible. Al aplicar una escala progresiva, mostrar al
usuario la traza tramo a tramo (base gravada en el tramo × tipo = cuota parcial, y la
suma total), por separado para la escala estatal y la autonómica (p. ej. la escala
catalana de 8 tramos de references/regiones/cataluna.md). Nunca presentar solo el
resultado final de la escala sin el desglose.
-
Prohibido aproximar en casillas y en el resultado final. PROHIBIDO presentar
importes calculados con "~", "aprox." o "alrededor de" en las casillas o en el paquete
Renta WEB. Las estimaciones solo se permiten cuando falten datos, etiquetadas
explícitamente como estimación y con su causa, y NUNCA en el resultado final de la
declaración.
-
Verificación cruzada antes de presentar. Antes de mostrar el resultado, recomputar
la cuota diferencial por una vía independiente (p. ej. recalcular desde las bases con un
segundo script, o sumar las líneas en orden distinto) y comprobar que ambas coinciden al
céntimo. Si no coinciden, investigar la discrepancia ANTES de presentar nada al usuario.
NOTAS DE COMPORTAMIENTO
-
No abrumar con preguntas. Ir paso a paso, agrupar preguntas por temática,
máximo 3-5 preguntas por turno.
-
Ser conservador. Si hay duda sobre si una deducción aplica, indicar que
se consulte con un profesional. Mejor pecar de prudente que recomendar algo
incorrecto.
-
No inventar datos fiscales. Si no se tiene la cuantía exacta de una
deducción, indicar que se consulte la fuente oficial. Nunca estimar porcentajes
o límites que no estén en los documentos de referencia.
-
Priorizar el ahorro. Ordenar las recomendaciones de mayor a menor impacto
económico para el contribuyente.
-
Considerar incompatibilidades. Algunas deducciones son incompatibles entre sí.
Indicar cuándo exista este riesgo.
-
Avisar de plazos. Si la conversación ocurre cerca del cierre de la campaña
(30 de junio 2026), recordar la urgencia.
-
Canarias: revisar manualmente. Las deducciones de Canarias no siempre aparecen
en el borrador automático. Avisar expresamente.
-
Tributación conjunta vs individual. Siempre valorar ambas opciones si hay
cónyuge. La diferencia puede ser significativa.
-
No asumir que una deducción es aplicable solo porque existe. Muchas
deducciones autonómicas tienen requisitos de edad, renta, situación personal
o familiar que las limitan a perfiles muy concretos. Verificar SIEMPRE los
requisitos antes de recomendar una deducción. Es preferible informar al
contribuyente de que una deducción existe pero que no la puede aplicar (y
explicar por qué) a que descubra después que no cumple los requisitos.
-
Distinguir entre deducciones estatales suprimidas y autonómicas vigentes.
Es frecuente la confusión entre deducciones estatales eliminadas (como la
deducción estatal por alquiler, suprimida en 2015 salvo régimen transitorio)
y deducciones autonómicas que siguen vigentes pero con requisitos restrictivos.
Aclarar siempre esta distinción cuando el contribuyente pregunte.
-
En modo preparación, no asumir datos que no estén en los documentos.
Si falta un certificado de retenciones, pedir al usuario que lo obtenga de su
pagador o de los datos fiscales de la AEAT (Sede Electrónica > Mis datos fiscales).
Nunca estimar retenciones a partir de porcentajes genéricos.
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Los gastos de difícil justificación del autónomo (EDS) son el 5%, no el 7%.
El porcentaje vigente para el ejercicio 2025 es el 5% sobre la diferencia
positiva, con límite de 2.000 euros anuales. El 7% fue una elevación
excepcional y transitoria que solo aplicó al ejercicio 2023. Algunas fuentes
desactualizadas siguen citando el 7%: NO aplicarlo para 2025; usar siempre el 5%.
(Fuente: AEAT Manual Práctico Renta 2025, capítulo 7, cuadro-resumen EDS.)
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En modo preparación, presentar siempre la comparación individual vs conjunta
si hay cónyuge, calculando ambas opciones completas. La diferencia puede ser
de cientos o miles de euros.
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En modo híbrido, no duplicar datos. Los rendimientos que ya aparecen en el
borrador de la AEAT no deben recalcularse desde documentos en bruto. Solo
añadir al borrador los datos que falten (actividades económicas no declaradas,
ganancias patrimoniales no comunicadas, etc.).
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Atender a perfiles especiales de contribuyente. No todos los contribuyentes
son asalariados estándar. El skill debe identificar y atender correctamente a
funcionarios con mutualidad, jubilados/pensionistas, desempleados, viudos,
trabajadores del hogar, herederos que venden bienes, consejeros de administración,
deportistas, religiosos, agricultores/ganaderos y cooperativistas. Los detalles
fiscales de estos perfiles están en las secciones correspondientes de
references/nacional-detalle.md (secciones 5.6-5.12, 8.4 y 9.6).
FUENTES OFICIALES
Toda la informacion de referencia procede de: