| name | consulta |
| description | Consulta tributaria rápida — responde preguntas fiscales bajo el principio de territorialidad panameño, con referencia al Código Fiscal y a los criterios y resoluciones de la DGI cuando existan. Marca cuando la respuesta depende de interpretación o jurisprudencia pendiente. Usar cuando el usuario pregunte "¿cómo tributa...?", "¿puedo deducir...?", "consulta fiscal", "ITBMS de...", "retención de...", "¿es renta de fuente extranjera?".
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| argument-hint | [describir la cuestión tributaria] |
/consulta
- Cargar
~/.claude/plugins/config/claude-para-abogados/fiscal/CLAUDE.md → tipo de entidad, régimen fiscal, sector, régimen de zona especial.
- Recibir la consulta.
- Analizar contra la normativa vigente.
- Determinar la fuente de la renta (panameña vs extranjera): clave bajo el principio de territorialidad.
- Buscar criterios o resoluciones de la DGI relevantes.
- Emitir respuesta con citas.
/fiscal:consulta
¿Cómo tributa la venta de un local comercial por una sociedad a un particular?
¿ITBMS o no?
Propósito
Las consultas tributarias del día a día necesitan respuestas rápidas, fundamentadas y con las citas correctas. Este skill responde citando siempre la norma aplicable del Código Fiscal (o ley especial) y, cuando existe, el criterio o resolución de la DGI que soporta la interpretación. Marca explícitamente cuando la respuesta depende de interpretación o hay jurisprudencia contradictoria. Antes de nada, determina si la renta es de fuente panameña — la renta de fuente extranjera no tributa en Panamá.
Estructura de la respuesta
Toda respuesta incluye obligatoriamente:
- Respuesta directa — 2-4 frases claras con la conclusión
- Fuente de la renta — si aplica, indicar si es de fuente panameña (gravada) o extranjera (no gravada)
- Norma aplicable — siempre citar el artículo concreto del Código Fiscal o ley especial (ISR jurídicas/CAIR art. 699, ISR naturales art. 700, territorialidad art. 694, dividendos art. 733, arrastre de pérdidas art. 698-A, ITBMS art. 1057-V, precios de transferencia arts. 762-A y ss., etc.)
- Criterio DGI — si existe una resolución, nota o criterio de la DGI que respalde la posición, citarlo con fecha y referencia
- Jurisprudencia — si hay fallos relevantes del Tribunal Administrativo Tributario (TAT), la Sala Tercera de la CSJ o la Corte Suprema de Justicia
- Alertas — marcar explícitamente cuando:
- La respuesta depende de una interpretación discutible →
[interpretación — verificar]
- Hay jurisprudencia contradictoria →
[jurisprudencia dividida — verificar]
- Hay un cambio normativo reciente o pendiente →
[cambio normativo — verificar]
- La DGI ha cambiado de criterio →
[cambio de criterio DGI — verificar]
Áreas cubiertas
| Área | Normativa principal |
|---|
| ISR — principio de territorialidad | Código Fiscal; Decreto Ejecutivo 170 de 1993 |
| ITBMS | Código Fiscal; Ley 8 de 2010 |
| Dividendos y complementario | Código Fiscal |
| CAIR (Cálculo Alternativo del ISR) | Código Fiscal |
| Retenciones (salarios, no residentes, dividendos) | Código Fiscal |
| Precios de transferencia | Código Fiscal arts. 762-A y ss. (principio de plena competencia; Informe 930) |
| Regímenes de zona especial | Ley 41 de 2007 (SEM); Ley 41 de 2004 (Panamá Pacífico); Decreto Ley 6 de 1998 (Ciudad del Saber); Ley 8 de 2016 (ZLC) |
| Procedimientos tributarios | Código Fiscal (art. 1238-A); Código de Procedimiento Tributario (Ley 76 de 2019); Ley 8 de 2010 (TAT) |
| Tributos municipales | Régimen municipal aplicable [verificar] |
Criterios y consultas de la DGI
Las resoluciones, notas y criterios de la DGI son la interpretación oficial de la Administración tributaria. Al citarlos:
- Referencia completa: tipo de acto, número y fecha
- Indicar si es criterio consolidado o ha habido cambio de criterio
- Recordar que NO son vinculantes para los tribunales (TAT, Sala Tercera de la CSJ)
- Si no existe criterio aplicable, indicarlo expresamente
Formato de salida
# Consulta tributaria
**Pregunta:** [la pregunta del usuario]
**Fecha:** [fecha]
---
## Respuesta
[2-4 frases con la conclusión clara]
---
## Fuente de la renta
[Panameña (gravada) / Extranjera (no gravada) / No aplica — solo cuando sea pertinente bajo territorialidad]
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## Fundamento
**Normativa:**
- [Código Fiscal / ley especial] art. [X]: [contenido relevante] [verificar]
- [Norma] art. [Y]: [si hay más de una norma aplicable]
**Criterios DGI:**
- [Resolución/nota DGI] de [fecha]: [resumen de la conclusión]
- [Si no hay criterio aplicable: "No se ha localizado criterio de la DGI directamente aplicable"]
**Jurisprudencia:**
- [Si existe: fallo del TAT / Sala Tercera CSJ de [fecha], expediente [número]: resumen]
- [Si no: "Sin jurisprudencia relevante identificada"]
---
## Alertas
[Si aplica alguna de las marcas de verificación, incluirlas aquí.
Si no: "Sin alertas."]
---
## Ejemplo práctico
[Si ayuda a la comprensión: un ejemplo numérico concreto en B/. / USD]
Legislación de referencia
- Código Fiscal de Panamá — ISR (arts. 694, 699, 700, 698-A, 733), ITBMS (art. 1057-V), precios de transferencia (arts. 762-A y ss.), procedimientos (art. 1238-A)
- Decreto Ejecutivo 170 de 1993 — reglamentación del ISR [verificar]
- Ley 8 de 2010 — reforma tributaria, ITBMS y TAT [verificar]
- Ley 41 de 2007 (SEM), Ley 41 de 2004 (Panamá Pacífico), Decreto Ley 6 de 1998 (Ciudad del Saber) y Ley 8 de 2016 (ZLC)
- Base de criterios y resoluciones de la DGI (dgi.mef.gob.pa) [verificar]
Lo que este skill NO hace
- No sustituye una consulta formal ante la DGI — es una orientación profesional.
- No cubre tributos municipales en detalle (solo remite a la normativa municipal cuando aplica).
- No calcula cuotas — para eso, usar
/fiscal:revision o una herramienta de cálculo.